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PARA LEERTE MEJOR
Los Derechos de Autor
en un mundo globalizado
Por Lidia Alejandra Soria Vásconez El objeto de regular toda aquella
Corporación de Estudios y Publicaciones
creación, innovación, producción,
descubrimiento que
l dinamismo ha sido el vector que ha direccionado
a la sociedad desde que esta dio sus primeros cada día germina en
pasos; por tal razón, la naturaleza del hombre
E lo estimuló a crear e innovar en razón de sus la sociedad, es el
necesidades; así, poco a poco, fue construyendo y de inculcar en
plasmando nuevas ideas, que otorgaban complejidad y al las personas el respeto
mismo tiempo ayuda a su vida diaria.
Aristóteles, filósofo griego, definió al hombre como un zoon de aquel sacrificio constante de un
politikon, un animal político por naturaleza, es decir que el tercero; es, también, incentivar
ser humano como individuo esencialmente social, necesita
de lineamientos, directrices para vivir de una mejor manera la contribución
en la sociedad, para desarrollar tanto su dimensión intelectual de nuevas ideas que
como física; sin embargo, el vivir en sociedad no significa complementen lo que existe,
estar libre de vicios; por el contrario, la sociedad está colmada
de inmoralidades, desenfrenos, corrupción y excesos, que
generan grandes imperfecciones, pero también tiene aspectos
positivos que en conjunto se consolidan en armonía.
Los seres humanos son como granos de arena, idénticos inembargables, imprescriptibles e irrenunciables; con ello
entre ellos pero, a la vez, maravillosamente distintos; cada el creador tendrá los siguientes derechos: derecho a la
uno tiene, ideas, sentimientos, y expresiones diferentes e divulgación de la obra, derecho de paternidad de la obra,
individuales, que cuando se plasman en derecho de integridad de la obra, derecho de
aportes intelectuales, involucra un gran arrepentimiento, y derecho de acceso a la obra,
esfuerzo creativo, en los ámbitos científico, mientras que los derechos patrimoniales, son
literario, artístico, concretado en obras aquellos que permiten al autor la reproducción,
escritas (libros, folletos, y cualquier tipo distribución y la comunicación pública.
de obra formulada en letras, signos o En Ecuador, la Institución encargada de
marcas convencionales), en conferencias, velar por el respeto de los derechos de autor
sermones, alocuciones, composiciones es el Instituto Ecuatoriano de Propiedad
musicales, obras dramáticas y dramático Intelectual (IEPI), a quien le corresponde el
musicales, pantomimas, obras registro y regulación de las distintas obras. Por
coreográficas, cinematográficas, de bellas consiguiente, los Derechos de Autor buscan
artes, de arquitectura, fotográficas, de arte otorgar al creador la protección de la obra, así
aplicado, programas de ordenador, entre como la facultad de autorizar o prohibir el uso
otras . Por ello es de vital importancia de la misma de manera ilegal. En tanto que la
proteger dichas creaciones con el uso de Constitución de la República del Ecuador, la Ley
distintas formas legales que amparan los de Propiedad Intelectual, adjunto a los distintos
derechos de autor, ya sean estos morales Tratados y Convenios Internacionales, en
o patrimoniales. especial la Legislación Comunitaria, constituyen
Cabe indicar que, previa la las principales fuentes de derecho positivo.
explicación de las normativas existentes El objeto de regular toda aquella creación,
para proteger los derechos de autor, innovación, producción, descubrimiento que cada
es menester conocer brevemente día germina en la sociedad, es el de inculcar en
en qué consisten los derechos morales y patrimoniales. las personas el respeto al sacrificio constante de un tercero;
Los primeros, se caracterizan por ser inalienables, es también incentivar, la contribución de nuevas ideas que
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